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Arbitro de confianza para la resolución de controversias a nivel mundial

Ofrecer Servicios de ADR/MASC justos, eficientes imparciales

About TiradoADR | Multilingual ADR Expert (EN, ES, PT)

AdemÔs de mi labor como Ôrbitro, mediador y asesor jurídico, he escrito numerosos artículos sobre arbitraje internacional y ADR/MASC. Soy el editor colaborador fundador de «Global Legal Insights to International Arbitration», de Global Legal Group, que ya va por su 12.ª edición y abarca 67 jurisdicciones.

TambiƩn participo regularmente en importantes conferencias internacionales, simposios, seminarios y universidades de prestigio de todo el mundo.

He participado activamente en instituciones de arbitraje y mediación, así como en prestigiosas asociaciones y comités internacionales de arbitraje y ADR/MASC. He sido copresidente del Comité de Mediación de la IBA.

Cuando puedo, disfruto pasando tiempo con mi familia y paseando a nuestros perros en mi casa de Winchester, Inglaterra.

Gracias por dedicar su tiempo a visitar mi sitio web.

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Cualificaciones profesionales y habilitaciones

  • Abogado, Inglaterra y Gales, 1994.
  • Abogado litigante (solicitor-advocate) habilitado (procedimientos civiles ante los tribunales superiores), 2004.
  • Mediador comercial acreditado por el Centre for Effective Dispute Resolution (CEDR) (2004) y mediador en disputas entre inversores y Estados (2017).
  • Mediador certificado por el Instituto Internacional de Mediación (IMI), 2026.

Formación académica

  • Universidad Metropolitana de MĆ”nchester y Colegio de Abogados de MĆ”nchester, Reino Unido: Diploma de Posgrado en Litigios Mercantiles, 1996.
  • College of Law, Chester, Reino Unido: ExĆ”menes finales del Colegio de Abogados, 1991.
  • Universidad de Wolverhampton, Reino Unido: Examen Profesional ComĆŗn, 1990.
  • Universidad de Birmingham, Reino Unido, y Universidad de Valencia, EspaƱa: Licenciatura (con honores) 2.1 con distinción en Estudios HispĆ”nicos, 1984 a 1988

Trayectoria profesional

  • TiradoADR Limited, Londres: Ć”rbitro internacional independiente, mediador, conciliador, adjudicador, determinador experto y consultor en resolución alternativa de conflictos, desde enero de 2025 hasta la actualidad.
  • Garrigues UK LLP, Londres: Socio (de abril de 2016 a diciembre de 2024) y antiguo codirector de Arbitraje Internacional y ADR/MASC (de abril de 2016 a diciembre de 2023).
  • Winston & Strawn LLP, Londres: Socio, copresidente global de Arbitraje Internacional, de octubre de 2012 a enero de 2016.
  • Norton Rose LLP (ahora Norton Rose Fulbright LLP), Londres: Socio, director y codirector de Arbitraje Internacional y ADR/MASC, de abril de 2007 a octubre de 2012.
  • Baker Botts LLP, Londres: Socio (Juicios), de enero de 2004 a abril de 2007, y asociado sĆ©nior (Juicios), de octubre de 2000 a diciembre de 2003.
  • Lovells (ahora HoganLovells LLP), Londres: Asociado (Litigios Mercantiles), de enero de 1997 a septiembre de 2000.
  • DLA (ahora DLA Piper LLP), MĆ”nchester: Asociado (Litigios Mercantiles), de julio de 1994 a diciembre de 1996.
  • Boodle Hatfield, Londres: Abogado en prĆ”cticas, de septiembre de 1992 a junio de 1994.

Experiencia global en ADR/MASC y en el sector

  • Arbitraje
  • MEDIACIƓN
  • Sector industrial
  • Información general
  • Casos destacados como abogado especializado en arbitraje
  • Afiliaciones
  • MembresĆ­as del panel

Experiencia en arbitraje y adjudicación internacionales

(*indica un arbitraje relacionado con un tratado de inversión o en el que interviene un Estado o una entidad estatal)

Resumen – 61 nombramientos en total.

PresidenteÚnicoCo-arbitrator
Institucional151422
Ad hoc21
Tratado223

Resumen de la experiencia en arbitraje

Arbitration Experience Overview Spanish

También ha ejercido como Ôrbitro-juez presidente en numerosos concursos de simulación de arbitraje comercial y de inversiones.

*Ad hoc, Ôrbitro único: arbitraje con sede en Seúl sobre un conflicto laboral entre un alto ejecutivo y una organización intergubernamental internacional, constituida en virtud de un tratado, dedicada a apoyar y promover un crecimiento económico sólido, inclusivo y sostenible en los países en desarrollo y las economías emergentes.

Ad hoc, coÔrbitro: Arbitraje de la CNUDMI con sede en Escocia relativo a una supuesta tergiversación e incumplimiento de garantía en virtud de un contrato de compraventa de servicios petroleros, sujeto a la legislación escocesa. Reclamación por un importe superior a 50 millones de dólares estadounidenses.

Ad hoc/CEDR, mediador/Ôrbitro único: Controversia con sede en Londres, sujeta a la legislación inglesa, entre partes del Reino Unido y de América del Norte relativa a honorarios impagados por servicios prestados en relación con el desarrollo de videojuegos.

CEDR, adjudicador: Controversia entre partes latinoamericanas relativa a la aplicación de normas industriales en el sector azucarero, que implicaba la legislación hondureña y se llevó a cabo en español.

DIA, coÔrbitro: Controversia con sede en Copenhague por valor de 11 millones de dólares estadounidenses relativa a una reclamación de pago del precio de compra de acciones de una sociedad europea de inversión inmobiliaria, derivada de un contrato de compraventa de acciones entre partes europeas y sujeta a la legislación danesa.

DIAC, Ôrbitro único: Controversia sobre el transporte de petróleo en Asia Central, con sede en DubÔi y sujeta a la legislación de los Emiratos Árabes Unidos.

*Caso ICSID n.° arb/26/12, Ôrbitro presidente: (Sinolam International Pte. Ltd. contra la República de PanamÔ), controversia en virtud del Tratado de Libre Comercio entre Singapur y PanamÔ, firmado el 1 de marzo de 2006 y que entró en vigor el 24 de julio de 2006, relativo a las inversiones realizadas en el sector panameño de generación de energía con respecto al desarrollo de una central eléctrica de ciclo combinado de 441 MW alimentada con gas.

*Caso del CIADI n.º ARB/22/26, Ôrbitro presidente: (Yoram Moussaieff contra la República de PanamÔ), Ôrbitro presidente en un litigio por valor de 150 millones de dólares estadounidenses relativo a la construcción, instalación, explotación y mantenimiento de tres centrales hidroeléctricas, llevado a cabo en español.

*ICAC, Ôrbitro presidente: Controversia en materia de construcción entre un contratista de Europa del Este y una empresa municipal de Europa del Este encargada de la gestión de residuos sólidos y orgÔnicos, relativa al supuesto incumplimiento de una decisión del Comité de Arbitraje (DAB).

CCI, Ôrbitro de urgencia: Controversia con sede en Londres sobre un contrato de compraventa de acciones por un valor superior a 500 millones de dólares estadounidenses, relativa a la adquisición de participaciones en yacimientos petrolíferos en África, sujeta a la legislación inglesa.

CCI, Ôrbitro único: Controversia sobre un acuerdo de distribución con sede en Londres entre una empresa de Oriente Medio y una sociedad estadounidense sujeta a la legislación de Florida.

CCI, Ôrbitro presidente: Controversia sobre un acuerdo de gestión y explotación agrícola sujeto a la legislación de Nueva York entre partes latinoamericanas y norteamericanas.

CCI, Ôrbitro presidente: Controversia sobre un contrato de compraventa por valor de 12 millones de dólares estadounidenses, sujeta a la legislación inglesa, entre partes latinoamericanas y asiÔticas en relación con un proyecto de construcción en América Latina.

*CCI, coÔrbitro: Controversia en materia de construcción entre un contratista europeo y un Estado de Europa del Este en relación con los servicios de diseño y supervisión del diseño para la construcción de la línea ferroviaria principal.

CCI, coÔrbitro: Dos arbitrajes interrelacionados con sede en Tokio y Londres relativos a cuatro acuerdos entre partes de América del Norte y el Lejano Oriente en relación con un litigio sobre tecnología de la información sujeto a la legislación japonesa y de Delaware.

CCI, coÔrbitro: Arbitraje con sede en Nueva York entre partes de América del Norte y el Caribe relativo a un litigio sobre la construcción de una planta de GNL en el Caribe sujeto a la legislación de Nueva York.

CCI, coÔrbitro: Arbitraje con sede en Doha entre partes de Oriente Medio relativo a un litigio de construcción en Oriente Medio sujeto a la legislación de Catar.

CCI, coÔrbitro: Arbitraje con sede en Londres entre partes del Caribe, Europa y Asia relativo a un litigio sobre un acuerdo de inversión en el sector energético sujeto a la legislación inglesa.

CCI, coÔrbitro: Arbitraje con sede en Londres entre partes del Lejano Oriente y Oriente Medio relativo a un litigio sobre la compra de acciones en relación con una empresa petrolera sujeto a la legislación inglesa.

CCI, coÔrbitro: Arbitraje con sede en Londres entre partes del Caribe, Europa y Asia relativo a una controversia sobre un acuerdo de inversión en el sector energético, sujeto a la legislación inglesa.

CCI, coÔrbitro: Arbitraje por valor de 60 millones de dólares estadounidenses entre partes de Asia y América Latina con sede en La Paz relativo al desarrollo de una planta siderúrgica, sujeto a la legislación boliviana. Llevado a cabo en español.

CCI, coÔrbitro: Controversia por valor de 25 millones de dólares estadounidenses entre partes europeas en relación con la entrega de instalaciones industriales en Europa del Este.

CCI, coÔrbitro: Controversia por valor de 15 millones de dólares estadounidenses relacionada con presuntos incumplimientos de un acuerdo europeo de suministro transfronterizo de electricidad, sujeto a la legislación belga y con sede del arbitraje en Lugano, Suiza.

JAMS, Ôrbitro único: Controversia relativa al incumplimiento de un acuerdo de financiación para la exploración, el desarrollo y la explotación de un activo minero aurífero y del acuerdo para la prestación de servicios con drones. Con sede en Los Ángeles y sujeta a las leyes del Estado de California.

JAMS, Ôrbitro único: Controversia por valor de 2,2 millones de dólares estadounidenses relativa a un acuerdo de asesoramiento financiero exclusivo. Con sede en Londres y sujeta a las leyes del Estado de Delaware.

JAMS, Ôrbitro único: Controversia con sede en Chicago por valor de 10 millones de dólares estadounidenses sobre un contrato marco de suministro relativo a la fabricación de estaciones de energía portÔtiles entre partes asiÔticas y norteamericanas, sujeta a la legislación de Illinois.

JAMS, Ôrbitro único: Controversia de construcción con sede en DubÔi por valor de 10 millones de dólares estadounidenses en Oriente Medio entre partes de Oriente Medio y norteamericanas, sujeta a la legislación de Kuwait.

JAMS, Ôrbitro único: Controversia con sede en Nueva York sobre la compra de acciones en el sector tecnológico entre partes europeas y norteamericanas, sujeta a la legislación de Delaware.

JAMS, Ôrbitro único: Controversia sobre acuerdos de agencia y servicios de desarrollo de software entre partes europeas y norteamericanas, sujeta a la legislación de la Federación de Rusia.

JAMS, Ôrbitro presidente: Controversia por valor de 23 millones de dólares estadounidenses en relación con un contrato marco de compra de importación sobre la venta de suelos de vinilo. Con sede en Nueva York y sujeta a la legislación de Carolina del Norte.

JAMS, coÔrbitro: Controversia por valor de 3 millones de dólares estadounidenses en relación con un contrato de compraventa sobre la venta de 500 toneladas métricas de lÔminas de cobre catódico. Con sede en Singapur y sujeta a la legislación de Singapur.

*LCC, coƔrbitro: Controversia multimillonaria entre una fuerza aƩrea nacional de AmƩrica Latina y un contratista norteamericano.

LCIA, Ôrbitro único: Controversia por valor de 100 millones de dólares estadounidenses sobre los términos del acuerdo entre partes africanas en relación con la adquisición de acciones en una institución financiera de África Oriental. El arbitraje tiene su sede en Londres y se rige por la legislación inglesa. También existen procedimientos paralelos relacionados ante los tribunales de Kenia e Inglaterra.

LCIA, Ôrbitro único: Dos arbitrajes con sede en Londres derivados de un contrato de franquicia de un restaurante y un contrato de arrendamiento de objetos de recuerdo en España, sujetos a la legislación inglesa.

LCIA, Ôrbitro presidente: Controversia por valor de 50 millones de dólares estadounidenses derivada de un contrato de suministro de petróleo crudo entre un comerciante de petróleo europeo y una empresa de refinería de petróleo de Europa del Este.

*LCIA, Ôrbitro presidente: Controversia por valor de 75,5 millones de dólares estadounidenses derivada de un contrato de concesión aeroportuaria para el mantenimiento y la explotación de cuatro aeropuertos nacionales e internacionales entre partes latinoamericanas y un Estado. Llevado a cabo en español.

LCIA, Ôrbitro presidente: Cuatro arbitrajes relacionados con sede en Londres relativos a una controversia sobre un préstamo de 500 millones de dólares estadounidenses entre partes europeas, sujetos a la legislación ucraniana.

LCIA, Ôrbitro presidente: Controversia sobre una concesión petrolera africana por valor de 10 millones de dólares estadounidenses entre partes norteamericanas y africanas.

LCIA, Ôrbitro presidente: Controversia sobre un contrato de reparación naval por valor de 10 millones de dólares estadounidenses entre partes europeas y latinoamericanas. Con sede en Londres y sujeta a la legislación mexicana.

LCIA, Ôrbitro presidente: Controversia relacionada con un contrato de gestión hotelera en Oriente Medio.

LCIA, coÔrbitro: Controversia con sede en Londres derivada de un acuerdo de financiación para iniciar procedimientos judiciales en las Islas Vírgenes BritÔnicas en relación con reclamaciones de sucesión sobre el patrimonio de una persona con un elevado patrimonio neto, sujeta a la legislación inglesa.

*LCIA, coÔrbitro: Controversia por valor de 100 millones de dólares estadounidenses derivada de una línea de crédito relacionada con un sistema de satélites de comunicaciones espaciales y radiodifusión suministrado a un Estado africano.

*LCIA, coÔrbitro: Controversia bancaria entre un banco de inversión regional y un Estado africano.

LCIA, coÔrbitro: Tres arbitrajes relacionados con sede en Londres relativos a la adquisición de acciones en una empresa energética asiÔtica, sujetos a la legislación inglesa.

LCIA, coÔrbitro: Tres arbitrajes relacionados con sede en Londres relativos a la adquisición de acciones de una empresa energética asiÔtica, sujetos a la legislación inglesa.

LCIA-MIAC, Ôrbitro presidente: Controversia por un contrato de compraventa de acciones por valor de 160 millones de dólares estadounidenses entre partes africanas (incluidos 51 demandados) en relación con la adquisición de acciones de una institución financiera de África Oriental. El arbitraje tiene su sede en Mauricio y estÔ sujeto a la legislación keniana. También hay procedimientos paralelos relacionados ante los tribunales de Kenia e Inglaterra.

*LCIA-MIAC, coÔrbitro: Controversia con sede en Mauricio por valor de 115 millones de dólares estadounidenses mÔs intereses devengados, derivada de un contrato tripartito de compra de energía regido por la legislación inglesa celebrado entre una empresa energética de Oriente Medio, una empresa eléctrica estatal africana y una empresa pública africana.

*PCA, Ôrbitro único: Nombrado por el Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje («CPA»), en su calidad de autoridad nominadora, en un arbitraje con sede en Londres por valor de 10 millones de dólares estadounidenses relativo a un contrato marco de licencia para el suministro de datos sísmicos entre proveedores del Caribe y de Oriente Medio y una empresa petrolera estatal europea.

*PCA, coÔrbitro: Sra. Mimoza Ndroqi contra la República de Albania: Arbitraje de la CNUDMI por un valor superior a 100 millones de dólares estadounidenses relativo a reclamaciones derivadas de las supuestas medidas expropiatorias del Gobierno relacionadas con las inversiones de la demandante en el sector de la información y las comunicaciones.

*PCA, coÔrbitro: Diamante Trading y otros contra la República Bolivariana de Venezuela: arbitraje ante la CNUDMI por valor de 295 millones de dólares estadounidenses relativo a reclamaciones derivadas de las supuestas medidas expropiatorias del Gobierno en relación con las inversiones de los demandantes en el sector alimentario. Llevado a cabo en español.

*SCC/BIT, Ôrbitro de emergencia: Solicitud en apoyo de una reclamación inversor-Estado por valor de 2.700 millones de dólares estadounidenses relacionada con la prestación de servicios financieros en Europa del Este.

*SCC/ECT, coƔrbitro: Arbitraje con sede en Estocolmo en el que intervienen partes de Europa del Este del sector elƩctrico.

TIAC, coÔrbitro: Arbitraje con sede en Tashkent entre partes de Asia Central y Oriental relativo a la prestación de equipos industriales sujeto a la legislación de UzbekistÔn.

VIAC, coÔrbitro: Arbitraje con sede en Viena entre partes de Europa del Este y Europa relativo a un contrato de suministro de equipos de construcción sujeto a la legislación austriaca.

Otros:

Árbitro-juez de la ronda final, III Concurso Internacional de Arbitraje de MediateGuru (en línea), septiembre de 2023; Ôrbitro-juez, V Pre-Moot de la FIAMC de Moscú del Instituto Ruso de Arbitraje Moderno (en línea), febrero de 2021; Árbitro-juez presidente, Finales del 3.º Simulacro Regional de Inversión Extranjera Directa, Nairobi, septiembre de 2018; Árbitro-juez presidente, Simulacro Previo Willem C Vis de la Corte Permanente de Arbitraje, La Haya, marzo de 2018; Árbitro-juez, 9.ª Final Global del Simulacro de Inversión Extranjera Directa, Buenos Aires, noviembre de 2016; Juez de la final del Torneo de Resolución Alternativa de Conflictos de la Facultad Nacional de Derecho de la India, Bangalore, abril de 2015; Ôrbitro-juez, 2.º Simulacro de Arbitraje sobre IED del Sur de Asia, Delhi, agosto de 2014; Ôrbitro-juez, 7.º Simulacro de Arbitraje Internacional de la Facultad Nacional de Derecho de la India, Bangalore, abril de 2014; Árbitro-juez presidente, Graf & Pitokowitz Willem C Vis Pre-Moot, Viena, abril de 2014; Árbitro-juez presidente, ICC Willem C Vis Pre-Moot, París, marzo de 2013; Árbitro-juez presidente, 15.ª edición del Willem C Vis Moot, Viena, marzo de 2008.

Arbitraje en virtud de tratados

*CIADI/AELC: Representación de varias instituciones financieras en una posible demanda por valor de miles de millones de euros relacionada con el colapso del sistema bancario islandés.

*CIADI/TCE: Asesoramiento a un inversor extranjero en relación con una demanda en virtud del TCE por un importe aproximado de 250 millones de dólares estadounidenses contra un Estado soberano europeo. La reclamación se deriva de una serie de modificaciones legislativas aprobadas por el Estado soberano en relación con su régimen de incentivos para la producción de energía solar fotovoltaica.

*CIADI/CCI/TBI: Representación de una empresa minera internacional en relación con posibles reclamaciones contractuales y en virtud de tratados bilaterales de inversión ante el CIADI y la CCI por un valor aproximado de 500 millones de dólares estadounidenses, relativas a presuntos incumplimientos de la documentación del proyecto y a la expropiación de las inversiones de la empresa minera en Asia.

*SCC/ECT: Representación de la República de KazajistÔn en una demanda de varios miles de millones de dólares en el marco del Tratado sobre la Carta de la Energía, en relación con la supuesta expropiación de activos de hidrocarburos.

Arbitraje institucional comercial

AAA/CNUDMI: Arbitraje sobre una licencia de enlatado, celebrado en Londres bajo los auspicios de la AAA y regido por la legislación de Nueva York, entre un conglomerado internacional de bebidas y alimentos y una empresa de enlatado de Oriente Medio.

Ad hoc/DIAC: Representación de una empresa constructora europea en un importante litigio de construcción con una entidad estatal de Oriente Medio en relación con una central eléctrica de ciclo combinado de 500 MW.

HKIAC: Representación de una parte europea en un litigio sobre un acuerdo de distribución con una parte norteamericana en relación con productos de automoción en Extremo Oriente.

CCI: Actuación como coabogado de una empresa europea líder en ingeniería en un litigio contractual de EPC por valor de 60 millones de dólares en África.

CCI: Representación de la filial europea de un fabricante asiÔtico de paneles solares en un litigio sobre un contrato de fabricación y suministro de módulos fotovoltaicos por valor de 16 millones de dólares con una parte europea. Llevado a cabo en inglés y español.

CCI: Representación de una empresa petrolera europea en un litigio sobre acuerdos de licencia en Europa Central.

CCI: Representación de un fabricante europeo de productos plÔsticos en un litigio de suministro con un comprador europeo.

CCI: Representación de una importante empresa constructora europea en un litigio de construcción en Oriente Medio.

CCI: Representación de una empresa de ingeniería europea líder en un litigio contractual de EPC en Oriente Medio.

CCI: Asesoramiento en un litigio multimillonario relativo a una concesión portuaria en Centroamérica.

CCI: Arbitraje por valor de 2.000 millones de dólares estadounidenses relativo a la construcción de una central eléctrica de carbón de 497 MW en Sudamérica.

CCI: Reclamación por retrasos y perturbaciones por valor de 12 millones de dólares estadounidenses relacionada con la construcción de una central eléctrica y una planta desalinizadora en Oriente Medio.

CCI: Controversia de 5 millones de dólares estadounidenses en materia de construcción entre una empresa constructora europea y un contratista en relación con la construcción y modernización de un estadio de fútbol en SudÔfrica para la Copa Mundial de la FIFA 2010.

CCI: Representación de una parte latinoamericana en una controversia con una parte europea relativa a un acuerdo de ventas y comercialización de materiales de construcción.

CCI: Actuación en un posible arbitraje con sede en Londres en una controversia entre un proveedor europeo y una parte del Lejano Oriente asiÔtico derivada de un acuerdo de 220 millones de dólares estadounidenses para el suministro de obleas de silicio multicristalino para la fabricación de células fotovoltaicas en paneles solares.

CCI/Mediación: Representación de un proveedor asiÔtico de turbinas eólicas en un arbitraje con sede en Londres por valor de 33 millones de dólares estadounidenses contra un contratista europeo en relación con el suministro de equipos.

CCI/Tribunal Superior: Representación en un arbitraje con sede en Londres y en los procedimientos relacionados ante el Tribunal Superior en una controversia entre un proveedor europeo y una parte asiÔtica derivada de un contrato de 500 millones de dólares estadounidenses para el suministro de obleas de silicio multicristalino destinadas a la fabricación de células fotovoltaicas en paneles solares.

CCI: Representación de una empresa de gases industriales de Oriente Medio, constituida como empresa conjunta, en un arbitraje por valor de 16 millones de dólares estadounidenses y en los procedimientos relacionados ante el Tribunal Superior contra una empresa siderúrgica de Oriente Medio por el impago de las cantidades adeudadas en virtud de un contrato de suministro de gas.

CCI: Representación de una empresa con sede en Nigeria en un arbitraje con sede en Londres contra entidades europeas en un litigio relativo a la construcción y explotación de una planta integrada de fabricación de muebles en África Occidental.

CCI: Representación de una empresa asiÔtica en relación con un posible arbitraje de la CCI contra un fabricante de aeronaves europeo en relación con la entrega de un jet ejecutivo.

CCI: Actuación como coabogado de una empresa farmacéutica estadounidense en un arbitraje con sede en Nueva York relativo a una controversia sobre un acuerdo de colaboración y licencia.

CCI: Arbitraje en Londres entre un proveedor con sede en Europa y una empresa constituida en las Islas CaimÔn para recuperar mÔs de 10 millones de dólares estadounidenses en relación con un contrato de compraventa de cantidades sustanciales de óxido de zinc.

LCIA: Representación de una empresa europea en relación con la venta en subasta de un inmueble de gran valor.

LCIA: Representación de una importante empresa europea de servicios energéticos en un litigio sobre la fijación de precios del gas.

LCIA: Representación de una cadena hotelera europea en relación con un litigio sobre un contrato de gestión hotelera en Oriente Medio.

LCIA: Representación de un oligarca de Europa del Este en la ejecución de un laudo de la LCIA por un importe superior a 25 millones de dólares estadounidenses en relación con un litigio sobre la adquisición de acciones.

LCIA: Controversia contractual de tipo EPC en Londres entre una filial de Oriente Medio de una multinacional estadounidense y un contratista del Lejano Oriente.

LCIA: Representación de una empresa de viajes asiÔtica en relación con varios posibles arbitrajes con sede en Londres por reclamaciones multimillonarias derivadas de un acuerdo de distribución de un sistema informÔtico de reservas.

LCIA: Representación de una empresa de Liechtenstein en relación con dos arbitrajes en Londres sobre un litigio multimillonario derivado de un acuerdo de accionistas relativo a activos de aviación e inmobiliarios situados en Europa del Este.

LCIA: Representación de una empresa europea de ingeniería especializada en proyectos llave en mano para la instalación y puesta en marcha de plantas de energía solar y parques eólicos en un arbitraje con sede en Londres contra una contraparte asiÔtica en un litigio sobre un contrato de suministro a largo plazo por valor de 20 millones de dólares estadounidenses.

LCIA: Representación de un contratista de plataformas de perforación en un arbitraje celebrado en Londres entre una importante empresa petrolera sudafricana y un contratista australiano.

LCIA/Tribunal Superior: Representación de un acaudalado oligarca de Europa del Este en un arbitraje y en 22 arbitrajes relacionados, así como en un procedimiento ante el Tribunal Superior, en relación con una empresa conjunta para gestionar un consorcio minero multimillonario con activos de producción en Europa Central.

LCIA: Representación de un importante conglomerado asiÔtico del sector turístico en relación con un arbitraje con sede en Londres por una reclamación de mÔs de 30 millones de dólares estadounidenses derivada de un acuerdo de distribución de un sistema informÔtico de reservas.

LCIA/SIAC: Representación de una empresa energética estadounidense en arbitrajes ante la SIAC y la LCIA en relación con un contrato de suministro de carbón por valor de 250 millones de dólares estadounidenses con un proveedor de carbón del sudeste asiÔtico.

LMAA/Tribunal Superior: Representación de una parte asiÔtica en relación con un procedimiento por desacato al tribunal en relación con diversos arbitrajes de la LMAA.

LSA: Representación de comerciantes de materias primas del norte de África en un arbitraje ante la London Sugar Association en relación con un incumplimiento comercial derivado de un contrato para el suministro de 10 500 toneladas métricas de azúcar.

SCC/CNUDMI: Arbitraje sobre una empresa conjunta de minerĆ­a de oro en Estocolmo, bajo los auspicios de la SCC, entre una empresa minera australiana y una empresa minera georgiana.

Arbitraje Comercial Ad Hoc

CNUDMI: Representación de una empresa estadounidense en un litigio por valor de 20 millones de dólares contra una empresa energética britÔnica en relación con un contrato de prestación de servicios de adquisición de datos sísmicos en el norte de África.

CNUDMI: Arbitraje en Londres sobre una reclamación de indemnización entre una multinacional estadounidense y una empresa petrolera asiÔtica en relación con una compleja reclamación para la recuperación de derechos de aduana y multas relacionadas con la adquisición de una plataforma de perforación elevable en la India.

CNUDMI: Arbitraje en Londres, sujeto a la legislación india, sobre un contrato de reparto de la producción entre una empresa india de petróleo y gas y un organismo estatal.

CNUDMI: Representación conjunta de un distribuidor de automóviles norteamericano en un litigio por un contrato de distribución de 100 millones de dólares con un fabricante asiÔtico de vehículos de motor.

CNUDMI/LCIA: Representación de un productor de vino europeo en un litigio de agencia con un agente europeo.

Ad hoc: Arbitraje de construcción en Londres entre un productor independiente de energía indio y un contratista japonés en relación con una central eléctrica de ciclo combinado de 330 MW en la India.

Ad hoc/Mediación: Arbitraje y mediación en un litigio fiscal internacional en Londres entre una empresa panameña y una empresa inglesa en relación con la gestión de una filial europea.

Ad hoc/Mediación: Arbitraje y mediación en Londres en materia de seguros por contaminación del suelo en Francia, en el que participaron un holding con sede en Holanda y su central eléctrica de gas situada en el Reino Unido.

Ad hoc: Arbitraje complejo en materia de construcción en Londres entre una gran empresa energética internacional y un contratista inglés en relación con una central eléctrica de gas situada en el Mar del Norte.

Ad hoc: Arbitraje de construcción de gran envergadura y complejidad en Santiago de Chile, sujeto a la legislación chilena, entre una empresa multinacional de ingeniería y una empresa constructora estatal chilena.

Ad hoc: Arbitraje de ingeniería en Londres entre un contratista eléctrico italiano y una empresa eléctrica inglesa en relación con el equipamiento de un crucero.

Ad hoc: Arbitraje marĆ­timo en Londres entre una empresa inglesa de servicios petroleros y los propietarios rusos de un buque plataforma situado en el Mar Negro.

Ad hoc: Arbitraje en Londres relativo a un litigio contractual entre una empresa de las Bermudas y una empresa de Liberia sobre el suministro de tres plataformas petrolƭferas en CentroamƩrica.

Ad hoc: Representación de una empresa tecnológica española en un arbitraje ad hoc con sede en Londres relativo a una licencia para la distribución de productos tecnológicos en Sudamérica.

Ad hoc: Representación de una sociedad china en un arbitraje ad hoc con sede en Londres relativo a una reclamación de 3 millones de dólares estadounidenses en virtud de un contrato de suministro no esencial contra una sociedad de Hong Kong.

Afiliaciones

CÔmara de Comercio Americana de Perú (AmCham Perú), miembro de la Corte de Arbitraje (desde 2026); CEDR: Comisión de Solución de Controversias en el Arbitraje (2007-2009); Instituto Colegiado de Árbitros (CIArb); Asociación de Abogados de la Commonwealth (Comité de ADR); Disputes Europe Latin-America; Dexon Global Centre for Institutional Peacebuilding, Formación en ODR, Mediación y Arbitraje, Consejo Asesor; Grupo de Trabajo de Asesoramiento Jurídico del Tratado sobre la Carta de la Energía (ECT) (2007-2012); Colegio Internacional de Abogados (IBA): Comités D (Arbitraje y ADR) y O (Litigios Internacionales) de la IBA; CÔmara de Comercio Internacional (CCI): Delegado del Reino Unido en la Comisión de Arbitraje (2007-2023), Grupo de Trabajo de la Comisión de Arbitraje Internacional de la CCI, Copresidente (2009-2010); Asociación de Derecho Internacional (ILA), Comité de Arbitraje Comercial Internacional: Delegado del Reino Unido; Corte de Arbitraje Internacional de Londres (LCIA); LexisNexis: miembro del Consejo Editorial de Arbitraje; Comité Ejecutivo del Centro de Arbitraje Comercial de OmÔn (OAC) y miembro del Comité de Revisión de Reglas (2016-2025); Centro de Arbitraje de Escocia; Club Español e Iberoamericano de Arbitraje (CEIA): vicepresidente de la sucursal del Reino Unido (2023-), copresidente del Subcomité de Mejores PrÔcticas sobre Financiación por Terceros; Miembro del Consejo de Supervisión del Centro Internacional de Arbitraje de Tashkent (TIAC); Grupo de Trabajo Internacional sobre Resolución de Controversias en Modalidad Mixta, una iniciativa conjunta del Colegio de Árbitros Comerciales, el Instituto Internacional de Mediación y el Instituto Straus para la Resolución de Controversias

MembresĆ­as del panel:

Abu Dhabi Global Market (ADGM); CĆ”mara de Comercio Americana de PerĆŗ (AmCham PerĆŗ); Corte de Arbitraje y Mediación del Caribe (AMCC); Centro Internacional de Arbitraje de Asia (AIAC); Centro Financiero Internacional de Astana, Centro Internacional de Arbitraje (AIFCIAC); Comisión de Arbitraje de PekĆ­n (BAC); Centro de Arbitraje EnergĆ©tico de Bolivia (CEAR); Centro Internacional de Arbitraje de las Islas VĆ­rgenes BritĆ”nicas (BVI IAC); Centro Internacional de Arbitraje de Bucarest (BIAC); Centro Internacional de Arbitraje de la CAA (CAAI); Centro Internacional de Arbitraje de DubĆ”i (DIAC); Panel F de Comercio de la Comisión Europea (UE); Centro Internacional de Arbitraje de Georgia (GIAC); Centro Internacional de Arbitraje de Hong Kong (HKIAC); Centro Internacional de Arbitraje y Mediación de Hyderabad (IAMCH); Lista de Ć”rbitros en materia de energĆ­a del ICDR (ICDR); Tribunal Internacional de Arbitraje Comercial de la CĆ”mara de Comercio e Industria de Ucrania (ICAC); Centro Internacional IslĆ”mico de Mediación y Arbitraje; Centro Internacional de Arbitraje de Estambul (ISTAC); JAMS International (JAMS); Asociación Japonesa de Arbitraje Comercial (JCAA); Fundación Kovise para la Resolución de Conflictos Internacionales (KFCRI); Centro de Arbitraje de la CĆ”mara de Comercio de Lima (CCL); CĆ”mara de Arbitraje y Mediación de Londres (LCAM); Oficina del Defensor del Pueblo para los Fondos y Programas de las Naciones Unidas, Lista Global de Ɓrbitros y Asesores de Arbitraje (ONU); Centro de Arbitraje Comercial de OmĆ”n (OAC); Centro de Arbitraje de EnergĆ­a y Recursos de Perth (PCERA); Centro Internacional de Arbitraje de ShanghĆ”i; Tribunal de Arbitraje Internacional de Shenzhen (SCIA); Centro Internacional de Arbitraje de Singapur (SIAC); Centro Internacional de Arbitraje del Sur de China (HK) (SCIAHK); Centro Regional de Arbitraje de TeherĆ”n (TRAC); Panel Distinguido de Ɓrbitros del Centro de Arbitraje de Tailandia (THAC); Centro Internacional de Arbitraje de Viena (VIAC); Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Comisión de Arbitraje de Xi’an (XAAC).

  • Información general
  • Asuntos representativos de medicación y conciliación
  • Experiencia en Determinación Pericial (Expert Determination)
  • Asesoramiento en ADR/MASC (MĆ©todos Adecuados de Solución de Controversias
  • Afiliaciones
  • Paneles de MembresĆ­a

Mediación/ Conciliación y Experiencia en ADR/MASC

(*indica un litigio relacionado con un tratado de inversión o en el que interviene un Estado o una entidad estatal)

Resumen: 47 casos en total, con una tasa de resolución de mÔs del 90 % en los casos con resultados conocidos en los que ha actuado como mediador

1 caso ante el CIADI*, 28 ante el CEDR, 6 ante la CCI*, 3 ante JAMS, 1 ante LawWorks; 2 ante la LCAM, 6 ante el ADR Group y ad hoc (como asesor jurĆ­dico) – (*3 casos entre partes inversor-Estado). TambiĆ©n ha actuado como mediador-juez en numerosas simulaciones de mediaciones comerciales y entre inversores y Estados.

Árbitro únicoComediadorAbogado
InternacionalInstitucional1524
Ad hoc13
DomƩsticoInstitucional1741

Descripción general de la experiencia de mediación

Mediation Experience Overview

Estilo de mediación personal:

Comercialmente consciente, afable, analƭtico, buen juez de carƔcter, pragmƔtico, accesible y decidido.

Comentarios sobre la medicación entre partes y evaluadores:

…fue capaz de interactuar de forma positiva y demostró una gran sensibilidad hacia los matices interpersonales y los estilos de negociación, lo que se reflejó en un buen anĆ”lisis tras las reuniones y en la predicción y sugerencia de posibles soluciones.

Con visión comercial, afable, analítico y con buen criterio para juzgar a las personas. Bien preparado y trabajador. FÔcil de tratar, profesional y centrado en alcanzar una solución viable.

Joe fue «excelente durante la mediación», su enfoque fue «profesional, cooperativo e informal» y «consiguió sacar lo mejor de las partes».

Joe hizo un trabajo excelente. Fue profesional, entusiasta y muy meticuloso durante todo el proceso. Mi cliente nunca había participado en una mediación, y quedó impresionado con la gestión del procedimiento por parte de Joe, incluyendo las comunicaciones previas a la mediación y la mediación en sí. Sin duda, recomendaría a Joe a otros litigantes y volvería a contratar sus servicios.

Joe fue un mediador eficaz. Supo controlar las tensiones entre las partes y las puso en su sitio.

…Capaz de establecer una buena relación con las partes en poco tiempo.

Observador perspicaz de las personas… Brindó a las partes amplias oportunidades para expresar sus puntos de vista.

No tuvo ninguna dificultad para establecer una buena relación y, de hecho, su presencia inspira confianza.

Si tienes un cliente exigente o una disputa particularmente conflictiva, sin duda le recomendarĆ­a a Joe Tirado.

Teniendo en cuenta que fue designado a última hora y, por lo tanto, no tuvo mucho tiempo para analizar el caso, comprendió los problemas con gran rapidez.

Fue muy proactivo, amable, había leído la documentación detenidamente y participó activamente en la resolución del conflicto.

Muchísimas gracias por toda su ayuda; ”fue brillante!

…anticipaba que no se llegarĆ­a a un acuerdo, pero fue un buen mediador. No fue culpa suya, sino de factores propios del caso. El mediador manejó los asuntos delicados con la debida consideración.

…Joe posee una amplia experiencia prĆ”ctica en litigios comerciales, fruto de su trayectoria profesional.

Preparado, comprometido y con visión comercial. Fue un placer trabajar con él.

Bancas y Finanzas:

CEDR, Comediador: Controversia relativa a unos cargos superiores a 1 millón de dólares estadounidenses por el suministro de agua con arreglo a un modelo financiero y a las revisiones propuestas de dicho modelo. Resuelta.

CEDR, Comediador: Complejo litigio por abuso de confianza entre agencias de información crediticia y una asociación sin Ônimo de lucro en relación con la cooperación en curso. Resuelto.

LawWorks, Mediador: Litigio contencioso sobre un préstamo familiar por un importe aproximado de 75 000 dólares estadounidenses. Resuelto en un día.

Contratos mercantiles: ventas de bienes y servicos

Ad hoc/Mediación, Asesoramiento: Arbitraje y mediación en Londres en un litigio fiscal internacional entre una empresa panameña y una empresa inglesa en relación con la adquisición de una filial europea. Resuelto.

CEDR, Mediador: Controversia contractual relativa a la compra de un caballo de exhibición.

CEDR, Mediador: Controversia contractual relativa a la prestación y facturación de servicios de limpieza en seco.

CEDR, Mediador: Controversia relativa a la prestación de servicios de limpieza industrial. Resuelta.

CEDR, Mediador: Controversia contractual entre un comprador y un proveedor en relación con un pedido de 750 000 dólares estadounidenses de ruedas y rodillos para su uso en camillas y carros de hospital. Resuelto.

CEDR, Mediador: Controversia entre arrendador y arrendatario en relación con una importante propiedad residencial con un potencial de desarrollo superior a los 10 millones de dólares estadounidenses. Resuelto.

CEDR, Mediador: Controversia relativa a la prestación de servicios de abastecimiento de agua.

JAMS, Mediador: Controversia entre entidades del Reino Unido y de Oriente Medio relativa al suministro de acero.

CEDR, Comediador: Controversia familiar ante los tribunales entre antiguos convivientes relativa a la división de bienes comunes. Resuelta.

CCI/Mediación, Abogado: Controversia en Londres sobre un contrato de custodia de mercancías sudamericanas entre un prestamista con sede en EE. UU. y una empresa europea de servicios de inventario.

*CIADI (Expediente n.º CONC/23/1), Abogado: Representación de un operador portuario europeo en un litigio sobre una concesión portuaria en Guatemala, en un proceso de conciliación ante el CIADI poco habitual. Se llevó a cabo en inglés y español.

JAMS, Mediador: Litigio adscrito a un tribunal entre partes de EE. UU., América Latina y Europa en relación con el suministro de equipamiento para gimnasios. Se llevó a cabo en español.

Construcción e ingeniería

CEDR, Mediador: Controversia contractual entre partes de AmƩrica del Norte y Oriente Medio relativa a un contrato para el equipamiento de un hospital.

CEDR, Mediador: Controversia por valor de 15 millones de dólares estadounidenses entre partes de Asia Central y Europa relativa a la planificación, el diseño, la construcción y la comercialización de un proyecto de polvo de cobre en Asia Central.

CEDR, Mediador: Controversia entre un organismo de transporte de la administración local y una empresa de servicios públicos en relación con los daños causados a una red de alcantarillado durante la construcción del túnel de un sistema de tranvía ligero. Resuelta.

CEDR, Mediador: Controversia en una empresa conjunta relativa al suministro de equipos y servicios para la modernización y ampliación de un sistema de cloración eléctrica en Oriente Medio. Resuelta.

CEDR, Mediador: Controversia entre un contratista y un empleador en relación con la ejecución parcial de servicios de ingeniería para el diseño y la construcción de una vivienda residencial única de alta calidad. Resuelta.

CEDR, Mediador: Reclamación por facturas impagadas relacionadas con obras de construcción objeto de controversia. Resuelta.

Energía y Recursos Naturales: Petróleo y Gas, Energías Renovables, Generación Eléctrica y Minería

Ad hoc/DIAC, Abogado de parte: Representación de una empresa constructora europea en una disputa de construcción a gran escala con una entidad estatal en Oriente Medio, relacionada con una planta de energía de ciclo combinado de 500 MW.

CEDR, Mediador: Disputa multimillonaria de empresa conjunta (joint venture) relacionada con el desarrollo de proyectos de energĆ­a renovable en el Reino Unido.

CEDR, Mediador: Disputa de 10 millones de dólares (USD) relacionada con la venta de bienes y facturas impagadas en el sector de la exploración petrolera en Asia Central.

CEDR, Mediador: Disputa entre partes europeas respecto a la venta de hasta 50 aerogeneradores. Resuelta mediante acuerdo.

*CIADI (Caso Nro. CONC/20/1), Presidente de la Comisión de Conciliación: Barrick (Niugini) Limited vs. el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea; una disputa sobre una concesión minera en Papúa Nueva Guinea.

CCI, Mediador: Disputa de 27 millones de dólares (USD) entre partes latinoamericanas relacionada con la construcción de una planta de etanol en América del Sur. Llevada a cabo parcialmente en español e inglés. Resuelta mediante acuerdo.

CCI/Mediación, Abogado defensor (Counsel): Disputa contractual de suministro entre un proveedor asiÔtico de aerogeneradores y un contratista europeo, en un arbitraje de la CCI de 35 millones de dólares (USD) con sede en Londres.

Franquicias, licencias y distribución

CEDR, Mediador: Disputa entre partes europeas relativa al presunto incumplimiento de un contrato de distribución para el suministro de productos de iluminación en Europa. Arbitraje en Londres para las reclamaciones contractuales. Procesos paralelos iniciados en un tribunal local europeo alegando colusión en el incumplimiento de los pactos restrictivos de un antiguo director, incluido el uso de información confidencial. Cuantía en disputa: aproximadamente 5 millones de dólares (USD).

CCI/Mediación del Grupo ADR, Abogado defensor (Counsel): Representación de una importante empresa farmacéutica europea en una disputa contractual con otra compañía respecto a la rescisión de un contrato de distribución a largo plazo en Oriente Medio. Resuelta mediante acuerdo.

LCAM, Mediador: Disputa sobre un contrato de distribución exclusiva de productos cosméticos entre partes europeas.

Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC)

Ad hoc, Mediador: Disputa entre partes de Oriente Medio y de las Islas Marshall respecto a la promoción del diseño de software de videojuegos.

CEDR, Mediador/Árbitro: Disputa entre partes del Reino Unido y Norteamérica en relación con honorarios impagados por servicios prestados para el desarrollo de videojuegos.

CEDR, Mediador: Disputa contractual sobre un servicio de red MPLS de solo cableado.

CEDR, Mediador: Disputa contractual sobre un Sistema de Gestión de Contenidos en WordPress («CMS»).

CEDR, Mediador: Disputa sobre el precio de activos en relación con la venta de una empresa de tecnología. Resuelta mediante acuerdo.

CCI, Mediador: Disputa multipartita que supera los 250 millones de dólares (USD) e involucra a un Estado africano, relacionada con la creación de un operador nacional de telecomunicaciones.

Seguros

Ad hoc/Mediación, Abogado de parte: Arbitraje y mediación de seguros en Londres relativos a la contaminación de terrenos en Francia, que involucra a una sociedad de cartera asegurada con sede en Holanda y a una aseguradora inglesa.

CEDR, Mediador: Reclamación de indemnización por sumas de dinero pagadas a vacacionistas en relación con una demanda colectiva de compensación, tras un presunto incidente de intoxicación alimentaria en un hotel de España. Resuelta mediante acuerdo.

Sociedades y Accionistas

CEDR, Mediador: Disputa entre accionistas relacionada con el presunto abuso de la posición y los deberes del director.

LCAM, Mediador: Programa de mediación del Tribunal del Condado de Central London (Central London County Court): disputa de sociedades en la categoría de vía múltiple (multi-track).

Servicios Profesionales

CEDR, Co-mediador: Disputa anexa a los tribunales (court-annexed) relativa a facturas impagadas por servicios jurĆ­dicos prestados a una empresa inmobiliaria. Resuelta mediante acuerdo.

CEDR, Mediador: Disputa entre una firma europea y una parte de Oriente Medio respecto a la prestación de servicios de diseño de interiores. Resuelta mediante acuerdo.

CCI/Mediación, Abogado de parte: Representación de una firma de socios del Reino Unido en una disputa transfronteriza sobre representación comercial.

Ad hoc/Mediación, Abogado de parte: Representación de una importante firma de abogados nacional inglesa en una disputa multimillonaria (en libras esterlinas) sobre indemnización por responsabilidad profesional, relacionada con la provisión de derechos de propiedad sobre bienes ubicados en España.

Transporte (Automoción, Aviación y Transporte Marítimo)

CEDR, Mediador: Disputa derivada de un contrato de transporte para el traslado transfronterizo de mercancƭas que fueron robadas durante el trƔnsito.

CCI, Mediador: Disputa contractual que supera los 7 millones de dólares (USD) en relación con la prestación de servicios de entretenimiento a bordo para una aerolínea de bandera asiÔtica. Resuelta mediante acuerdo.

Viaje

JAMS, Mediador: Mediación de un caso testigo de mÔs de 35 millones de dólares (USD), que involucra a múltiples demandantes (casi 500) y a mÔs de 12 000 demandantes potenciales, en relación con un asunto de incumplimiento de contrato y abuso de confianza referente a un sistema internacional de intercambio de tiempo compartido.

Otros:

Juez-mediador: 3.ª (2008), 8.ª (2013), 14.ª (2014), 19.ª (Final, 2024) y 20.ª (2025) Competencia Internacional de Mediación de la CCI (ICC International Mediation Competition), París; Juez (Final), 11.ª Competencia Internacional de Mediación ZTG-RMNLU, marzo de 2025, Lucknow; Juez (Final), Competencia de Mediación de la NUJS, marzo de 2025, Calcuta; Juez (Final), Competencia de Mediación de la Universidad Jamia Hamdard, marzo de 2025, Delhi; 2.ª Competencia Internacional de Mediación Inversor-Estado (IIMC), agosto de 2023, Colombo; Coorganizador de la Competencia inaugural de Resolución Consensual de Disputas (CDRC), IBA-VIAC, Viena, julio de 2015.

Experiencia en Determinación de Expertos (Expert Determination):

  • CEDR, Evaluador/Determinador Experto, En una disputa entre un departamento gubernamental y un contratista, relacionada con la prestación de servicios de seguridad.
  • Actuó como Experto permanente en servicios de votación electoral para las Elecciones a la AlcaldĆ­a de Londres de 2008.
  • Representó a una empresa europea de exploración petrolera en una disputa relativa al pago de regalĆ­as en el Mar del Norte.
  • Representó a la filial inglesa de una empresa de energĆ­a europea en una disputa sobre la fijación de precios de un contrato en el Mar del Norte.

Asesoramiento en ADR/MASC (Métodos Adecuados de Solución de Controversias:

  • Consultor Experto designado por el Banco Mundial para asesorar a un latinoamericano en la reforma de sus sistemas de ADR/MASC.
  • Asesor JurĆ­dico Honorario de la Oficina de Asesoramiento al Ciudadano (Citizens’ Advice Bureau) de los Reales Tribunales de Justicia.

Afiliaciones:

CEDR: Comisión sobre el Acuerdo en el Arbitraje (Commission on Settlement in Arbitration) 2007-2009; Chartered Institute of Arbitrators (CIArb); Centro Internacional de Arbitraje de Madrid-Centro Iberoamericano de Arbitraje (CIAM-CIAR), Comité de Designación de Mediadores (2025-) ; Civil Mediation Council (Consejo de Mediación Civil); Commonwealth Lawyers Association (Comité de ADR/MASC); Grupo de Trabajo de Asesoría Jurídica (Legal Advisory Task Force) del Tratado de la Carta de la Energía (ECT) Legal Advisory Task Force; International Bar Association (IBA): Consejo Asesor del Comité de Mediación (2020-), Copresidente del Comité de Mediación (2015), Vicepresidente Senior (2013-2014) y Copresidente del Subcomité de Técnicas de Mediación de la IBA (2011-2012); CÔmara de Comercio Internacional(ICC): Grupo de Trabajo de la CCI para la revisión de los Reglamentos de ADR de la CCI, el Reglamento de Peritaje de la CCI y el Reglamento de Dispute Boards de la CCI, 2012; El Grupo de Trabajo Internacional sobre Resolución de Disputas por Vías Mixtas (Mixed Mode Dispute Resolution), una iniciativa conjunta del College of Commercial Arbitrators, el International Mediation Institute y el Straus Institute for Dispute Resolution de la Facultad de Derecho de la Universidad de Pepperdine.

Paneles de MembresĆ­a:

Mercado global de Abu Dabi (ADGM)-Centro para la Resolución Efectiva de Disputas (CEDR) Panel de Mediadores del Estado Inversor; Tribunal de Arbitraje y Mediación del Caribe (AMCC); Centro de Arbitraje Internacional de Asia (AIAC); Centro Financiero Internacional de AstanÔ, Centro de Arbitraje Internacional (AFICIONADO); Comisión de Arbitraje de Beijing (BAC); Centro de Arbitraje Energético de Bolivia (CEAR); Centro de Arbitraje y Mediación de la CÔmara de Comercio Brasil-CanadÔ (CAM-CCBC); Resolución CEDR (2004 a la fecha) y CÔmaras/Directo CEDR (2008-2015); Centro de Arbitraje Internacional de Hong Kong (HKIAC); Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), 2018-2024; Centro de Arbitraje y Mediación Internacional de Hyderabad (IAMCH); Centro Internacional de Mediación y Arbitraje IslÔmico; Centro de Arbitraje Internacional de Estambul (ISTAC); JAMS Internacional (JAMS); CÔmara de Arbitraje y Mediación de Londres (LCAM); Centro de Arbitraje de la CÔmara de Comercio de Lima; Reforma del mercado eléctrico de Ofgem (OEMR) Panel de Neutrales; Centro de Arbitraje Comercial de OmÔn (OAC); Arbitraje del Centro de Energía y Recursos de Perth (PCERA); Centro de Arbitraje Internacional de Shanghai; Centro de Arbitraje Internacional de Singapur (SIAC); Centro de Arbitraje de Tailandia (THAC); Centro de Arbitraje Internacional de Viena (VIAC); Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

  • Banca y Finanzas
  • Contratos comerciales — Venta de bienes y servicios
  • Materias Primas
  • Construcción e Ingenieria
  • EnergĆ­a y Recursos Naturales: Petróleo y Gas, EnergĆ­as Renovables, Generación de EnergĆ­a y MinerĆ­a
  • Franquicias, licencias y distribución
  • TecnologĆ­a de la Información y Comunicación (TIC)
  • Seguros
  • Sociedades y Accionistas
  • Servicios Profesionales
  • Transporte (Automoción, Aviación y Transporte MarĆ­timo)
  • Turismo y Viajes

Banking and Finance

Ɓrbitro:

  • JAMS, Ɓrbitro Único: Disputa de 2.2 millones de dólares (USD) relativa a un contrato exclusivo de asesoramiento financiero. Sede en Londres, sujeta a las leyes del Estado de Delaware.
  • LCIA, Ɓrbitro Único: Disputa de 100 millones de dólares (USD) sobre un documento de bases de acuerdo entre partes africanas, en relación con la adquisición de acciones en una institución financiera de Ɓfrica Oriental. El arbitraje tiene su sede en Londres y estĆ” sujeto al derecho inglĆ©s. Existen asimismo procedimientos paralelos conexos ante los tribunales kenianos e ingleses.
  • LCIA, Presidente del Tribunal Arbitral: Cuatro arbitrajes conexos con sede en Londres relativos a una disputa por un prĆ©stamo de 500 millones de dólares (USD) entre partes europeas, sujeta al derecho ucraniano.
  • *LCIA, CoĆ”rbitro: Disputa de 100 millones de dólares (USD) derivada de una lĆ­nea de crĆ©dito documentario relacionada con un sistema de satĆ©lites de radiodifusión y comunicaciones espaciales suministrado a un Estado africano.
  • LCIA-MIAC, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa de 160 millones de dólares (USD) sobre un contrato de compraventa de acciones entre partes africanas (incluidos 51 demandados), en relación con la adquisición de acciones en una institución financiera de Ɓfrica Oriental. El arbitraje tiene su sede en Mauricio y estĆ” sujeto al derecho keniano. Existen asimismo procedimientos paralelos conexos ante los tribunales kenianos e ingleses.
  • *SCC/TBI, Ɓrbitro de Emergencia: Solicitud en apoyo de una reclamación inversor-Estado de 2700 millones de dólares (USD) relativa a la prestación de servicios financieros en Europa Oriental.

Mediador:

  • CEDR, Co-mediador: Disputa compleja por violación de confidencialidad entre agencias de informes crediticios y una asociación de miembros sin fines de lucro, relativa a la cooperación continua. Resuelta mediante acuerdo.
  • LawWorks, Mediador: Disputa contenciosa sobre un prĆ©stamo familiar. Resuelta mediante acuerdo en un solo dĆ­a.

Abogado defensor:

  • CIADI/AELC (ICSID/EFTA): Representación de varias instituciones financieras en una posible reclamación de miles de millones de euros relacionada con el colapso del sistema bancario islandĆ©s.

Commercial Contracts- Sale of Goods & Services

Ɓrbitro:

  • CCI, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa sobre un Contrato de Gestión y Operación AgrĆ­cola sujeta al derecho de Nueva York entre partes latinoamericanas y norteamericanas.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Disputa de 25 millones de dólares (USD) entre partes europeas relativa a la entrega de instalaciones industriales en Europa Oriental.
  • *CPA, CoĆ”rbitro: Diamante Trading y otros v. RepĆŗblica Bolivariana de Venezuela: Arbitraje CNUDMI (UNCITRAL) de 250 millones de dólares (USD) relativo a reclamaciones derivadas de las presuntas medidas expropiatorias del Gobierno respecto a las inversiones de los demandantes en el sector alimentario.
  • JAMS, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa de 23 millones de dólares (USD) sobre un Contrato Marco de Compra de Importación relativa a la venta de pisos de vinilo. Sede en Nueva York, sujeta a las leyes de Carolina del Norte.
  • JAMS, CoĆ”rbitro: Disputa de 3 millones de dólares (USD) sobre un Contrato de Compraventa relativa a la venta de 500 toneladas mĆ©tricas de lĆ”minas de cĆ”todos de cobre. Sede en Singapur, sujeta al derecho de Singapur.
  • LCIA, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa relativa a un contrato de gestión hotelera en Oriente Medio.
  • TIAC, CoĆ”rbitro: Arbitraje con sede en Taskent entre partes norteamericanas y de Asia Central y Oriental, relativo a la provisión de equipos industriales, sujeto al derecho de UzbekistĆ”n.

Mediador:

  • CEDR, Mediador: Disputa contractual entre partes norteamericanas y de Oriente Medio respecto a un contrato para el equipamiento de un hospital.
  • CEDR, Mediador: Disputa contractual relativa a la compra de un caballo de exhibición.
  • CEDR, Mediador: Disputa contractual relacionada con la prestación y facturación de servicios de tintorerĆ­a.
  • CEDR, Mediador: Disputa relativa a la prestación de servicios de limpieza industrial. Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Mediador: Disputa contractual entre un comprador y un proveedor respecto a un pedido de 750 000 dólares (USD) en rodajas y ruedas para su uso en camillas y carros hospitalarios. Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Mediador: Disputa entre arrendador y arrendatario en relación con una propiedad residencial de gran envergadura con un potencial de desarrollo superior a los 10 millones de dólares (USD). Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Mediador: Disputa respecto a la prestación de servicios de agua.
  • CEDR, Co-mediador: Disputa relativa a cargos que superan el millón de dólares (USD) por el suministro de agua conforme a un modelo financiero y a las revisiones propuestas para dicho modelo. Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Co-mediador: Disputa familiar anexa a los tribunales (court-annexed) entre antiguos convivientes, relativa a la división de bienes comunes. Resuelta mediante acuerdo.
  • JAMS, Mediador: Disputa anexa a los tribunales (court-annexed) entre partes estadounidenses, latinoamericanas y europeas, relativa al suministro de equipos de gimnasio y sujeta a las leyes de Florida. Conducida en espaƱol.
  • JAMS, Mediador: Disputa entre entidades del Reino Unido y de Oriente Medio relativa al suministro de acero.

Determinación pericial (Expert determination):

  • CEDR, Evaluador/Determinador Experto designado: Disputa entre un departamento gubernamental del Reino Unido y un contratista, relacionada con la prestación de servicios de seguridad.

Abogado de parte:

  • Ad hoc: Representación de una corporación de la RepĆŗblica Popular China (RPC) en relación con un arbitraje con sede en Londres respecto a una reclamación de 3 millones de dólares (USD) bajo un contrato de suministro de mineral de hierro contra una corporación de Hong Kong.
  • Ad hoc/Mediación: Arbitraje y mediación de una disputa fiscal internacional en Londres entre una empresa panameƱa y una empresa inglesa, referente a la adquisición de una filial europea. Resuelta mediante acuerdo.
  • CCI/Mediación: Disputa sobre un contrato de custodia segura de mercancĆ­as en SudamĆ©rica, celebrada en Londres entre un prestamista con sede en EE. UU. y una empresa europea de servicios de inventario.
  • CCI: Representación de un fabricante europeo de productos plĆ”sticos en una disputa de suministro con un comprador europeo.
  • CCI: Representación de un proveedor de gas industrial (empresa conjunta / JV) de Oriente Medio en un arbitraje de 160 millones de dólares (USD) y procedimientos conexos ante el Tribunal Superior contra una empresa de hierro y acero de Oriente Medio por el impago de las sumas adeudadas en virtud de un contrato de suministro de gas.
  • CCI: Representación de una corporación asiĆ”tica en relación con un posible arbitraje de la CCI contra un fabricante de aeronaves europeo, referente a la entrega de un jet corporativo.
  • CCI: Arbitraje en Londres entre un proveedor con sede en Europa y una empresa constituida en las Islas CaimĆ”n para recuperar mĆ”s de 10 millones de dólares (USD) en relación con un contrato de compraventa de cantidades sustanciales de óxido de zinc.
  • *CIADI (Caso Nro. CONC/23/1): Representación de un operador portuario europeo en una disputa de concesión portuaria en Guatemala en una inusual conciliación ante el CIADI. Conducida en inglĆ©s y espaƱol.
  • LCIA: Representación de una empresa europea en relación con la venta en subasta de una propiedad de gran envergadura.
  • LCIA: Representación de una cadena hotelera europea en relación con una disputa sobre un contrato de gestión hotelera en Oriente Medio.

Commodities

Adjudicador:

  • CEDR, Adjudicador: Disputa entre partes latinoamericanas relativa a la aplicación de normas sectoriales en la industria del azĆŗcar en AmĆ©rica Central.

Abogado de parte:

  • LSA: Representación de comerciantes de materias primas del norte de Ɓfrica en un arbitraje de la Asociación del AzĆŗcar de Londres (London Sugar Association) respecto al incumplimiento comercial derivado de un contrato para la venta de 10 500 toneladas mĆ©tricas de azĆŗcar.

Construction and Engineering

Ɓrbitro:

  • CCI, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa sobre un contrato de compraventa de 12 millones de dólares (USD) sujeta al derecho inglĆ©s entre partes latinoamericanas y asiĆ”ticas, relativa a un proyecto de construcción en AmĆ©rica Latina.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Arbitraje con sede en Nueva York entre partes norteamericanas y del Caribe, relativo a una disputa sobre la construcción de una planta de GNL (gas natural licuado) en el Caribe, sujeto al derecho de Nueva York.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Arbitraje de 60 millones de dólares (USD) entre partes asiĆ”ticas y latinoamericanas con sede en La Paz, relativo al desarrollo de una planta siderĆŗrgica, sujeto al derecho boliviano. Conducido en espaƱol.
  • JAMS, Ɓrbitro Único: Disputa de construcción de 10 millones de dólares (USD) con sede en DubĆ”i (Oriente Medio) entre partes de Oriente Medio y norteamericanas, sujeta al derecho kuwaitĆ­.
  • *LCIA, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa de 75.5 millones de dólares (USD) derivada de un Contrato de Concesión aeroportuaria para el mantenimiento y operación de cuatro aeropuertos nacionales e internacionales entre partes latinoamericanas y un Estado latinoamericano. Conducido en espaƱol.
  • VIAC, CoĆ”rbitro: Arbitraje con sede en Viena entre partes de Europa Oriental y europeas, relativo a un contrato de suministro de equipos de construcción, sujeto al derecho austriaco.

Mediador:

  • CEDR, Mediador: Disputa de 15 millones de dólares (USD) entre partes de Asia Central y europeas respecto a la planificación, diseƱo, construcción y comercialización de un proyecto de polvo de cobre en Asia Central.
  • CEDR, Mediador: Disputa entre un organismo local de transporte gubernamental y una empresa de servicios pĆŗblicos, relativa a los daƱos causados a un alcantarillado durante la construcción del tĆŗnel de un sistema de tren ligero/tranvĆ­a. Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Mediador: Disputa entre un contratista y un comitente respecto a la finalización parcial de servicios de ingenierĆ­a en relación con el diseƱo y construcción de una vivienda residencial Ćŗnica de alta calidad. Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Mediador: Reclamación por facturas impagadas relativas a obras de construcción en disputa. Resuelta mediante acuerdo.

Abogado de parte:

  • Ad hoc: Arbitraje de construcción en Londres entre un productor de energĆ­a independiente indio y un contratista japonĆ©s, relativo a una central elĆ©ctrica de ciclo combinado de 330 MW en la India.
  • Ad hoc: Arbitraje de construcción complejo en Londres entre una gran empresa elĆ©ctrica internacional y un contratista inglĆ©s, relativo a una central elĆ©ctrica de ciclo combinado alimentada por gas de 727 MW en el Reino Unido.
  • Ad hoc: Arbitraje de construcción de gran envergadura y complejidad en Santiago de Chile, sujeto al derecho chileno, entre una empresa de ingenierĆ­a multinacional europea y una empresa de construcción estatal chilena.
  • Ad hoc: Arbitraje de ingenierĆ­a en Londres entre un contratista elĆ©ctrico italiano y una empresa elĆ©ctrica inglesa, relativo al equipamiento de un transatlĆ”ntico de lĆ­nea.
  • CCI: Actuó como coabogado de parte de una empresa de ingenierĆ­a europea lĆ­der en una disputa contractual EPC de 60 millones de dólares (USD) en Ɓfrica.
  • CCI: Representación de una importante empresa de construcción europea en una disputa de construcción en Oriente Medio.
  • CCI: Representación de una empresa de ingenierĆ­a europea lĆ­der en una disputa contractual EPC en Oriente Medio.
  • CCI: Arbitraje de construcción de una central termoelĆ©ctrica de carbón de 497 MW en SudamĆ©rica, por un valor de 2000 millones de dólares (USD). Conducido en espaƱol.
  • CCI: Reclamación de 12 millones de dólares (USD) por demoras e interrupciones, relativa a la construcción de una planta de energĆ­a y desalinización en Oriente Medio.
  • CCI: Disputa de construcción de 5 millones de dólares (USD) entre una empresa de construcción europea y un contratista, en relación con la construcción y modernización de un estadio de fĆŗtbol en SudĆ”frica para la Copa Mundial de la FIFA 2010.
  • CCI: Representación de una empresa con sede en Nigeria en un arbitraje con sede en Londres contra entidades europeas, en una disputa referente a la construcción y operación de una planta integrada de fabricación de muebles en Ɓfrica Occidental.
  • CCI: Representación de una parte latinoamericana en una disputa con una parte europea respecto a un Contrato de Venta y Comercialización de materiales de construcción.
  • LCIA: Disputa contractual EPC de Oriente Medio celebrada en Londres entre una filial de Oriente Medio de una multinacional estadounidense y un contratista del Lejano Oriente.
  • LCIA: Representación de una empresa de ingenierĆ­a europea especializada en proyectos llave en mano para la instalación e implementación de plantas de energĆ­a solar y parques eólicos, en un arbitraje con sede en Londres contra una contraparte asiĆ”tica en una disputa sobre un contrato de suministro a largo plazo de silicio por un valor de 20 millones de dólares (USD).

Energy & Natural Resources: Oil & Gas, Renewables, Power Generation and Mining

Ɓrbitro:

  • Ad hoc, Ɓrbitro Único: Arbitraje sobre una disputa laboral con sede en SeĆŗl entre un alto ejecutivo y una organización internacional e intergubernamental, constituida mediante tratado, dedicada a apoyar y promover un crecimiento económico sólido, inclusivo, bajo en carbono y sostenible en paĆ­ses en desarrollo y economĆ­as emergentes.
  • Ad hoc, CoĆ”rbitro: Arbitraje CNUDMI con sede en Escocia relativo a una presunta declaración falsa (misrepresentation) e incumplimiento de garantĆ­a bajo un contrato de compraventa de servicios petroleros sujeto al derecho escocĆ©s. Reclamación superior a los 50 millones de dólares (USD).
  • CCI, Ɓrbitro de Emergencia: Disputa sobre un Contrato de Compraventa de Acciones que supera los 500 millones de dólares (USD), relativa a la adquisición de participaciones en yacimientos petrolĆ­feros en Ɓfrica. Sujeta al derecho inglĆ©s con sede del arbitraje en Londres.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Arbitraje con sede en Nueva York entre partes norteamericanas y del Caribe, relativo a una disputa sobre la construcción de una planta de GNL (gas natural licuado) en el Caribe, sujeto al derecho de Nueva York.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Arbitraje con sede en Londres entre partes del Caribe, europeas y asiĆ”ticas, relativo a una disputa sobre un contrato de inversión en el sector energĆ©tico, sujeto al derecho inglĆ©s.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Arbitraje con sede en Londres entre partes del Lejano Oriente y Oriente Medio, relativo a una disputa de compraventa de acciones en relación con una empresa petrolera, sujeta al derecho inglĆ©s.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Disputa de 15 millones de dólares (USD) relativa a presuntos incumplimientos de un contrato europeo de suministro transfronterizo de electricidad. Sujeta al derecho belga con sede del arbitraje en Lugano, Suiza.
  • *Caso CIADI N.Āŗ ARB/26/12, Ɓrbitro Presidente: (Sinolam International Pte. Ltd. c. RepĆŗblica de PanamĆ”), controversia en virtud del Tratado de Libre Comercio entre Singapur y PanamĆ”, firmado el 1 de marzo de 2006 y que entró en vigor el 24 de julio de 2006, relativa a las inversiones realizadas en el sector panameƱo de generación de energĆ­a en relación con el desarrollo de una central elĆ©ctrica de ciclo combinado de 441 MW alimentada con gas.
  • *CPA, Ɓrbitro Único: Designado por el Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje (ā€œCPAā€), actuando en su calidad de autoridad nominadora, en un arbitraje con sede en Londres sobre un contrato marco de licencia de 10 millones de dólares (USD) para la provisión de datos sĆ­smicos entre proveedores del Caribe y Oriente Medio y una empresa petrolera estatal europea.
  • DIAC, Ɓrbitro Único: Disputa sobre transporte de petróleo con sede en DubĆ”i, localizada en Asia Central y sujeta al derecho de los EAU.
  • JAMS, Ɓrbitro Único: Disputa relativa al incumplimiento de un contrato de financiación para la exploración, desarrollo y explotación de un activo minero de oro, asĆ­ como del contrato para la prestación de servicios de drones. Sede en Los Ɓngeles, sujeta a las leyes del Estado de California.
  • JAMS, Ɓrbitro Único: Disputa de 10 millones de dólares (USD) sobre un contrato marco de suministro con sede en Chicago, referente a la fabricación de estaciones de energĆ­a portĆ”tiles entre partes asiĆ”ticas y norteamericanas, sujeta al derecho de Illinois.
  • LCIA, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa de 50 millones de dólares (USD) derivada de un contrato de suministro de petróleo crudo entre un comercializador de petróleo europeo y una empresa de refinación de petróleo de Europa Oriental.
  • LCIA, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa sobre una concesión petrolera en Ɓfrica por un valor de 10 millones de dólares (USD) entre partes norteamericanas y africanas.
  • LCIA, CoĆ”rbitro: Tres arbitrajes conexos con sede en Londres relativos a la adquisición de acciones en una empresa de energĆ­a asiĆ”tica, sujetos al derecho inglĆ©s.
  • LCIA-MIAC, CoĆ”rbitro: Disputa con sede en Mauricio por mĆ”s de 115 millones de dólares (USD) mĆ”s intereses devengados, derivada de un Contrato de Compra de EnergĆ­a tripartito gobernado por el derecho inglĆ©s, celebrado entre una empresa de energĆ­a de Oriente Medio, una empresa elĆ©ctrica estatal africana y una empresa pĆŗblica africana.
  • *SCC/ECT, CoĆ”rbitro: Arbitraje con sede en Estocolmo que involucra a partes de Europa Oriental en el sector de la electricidad.

Mediador/Conciliador:

  • CEDR, Mediador: Disputa multimillonaria de empresa conjunta relativa al desarrollo de proyectos de energĆ­a renovable en el Reino Unido.
  • CEDR, Mediador: Disputa de 10 millones de dólares (USD) relativa a la venta de bienes y facturas impagadas en el sector de la exploración petrolera en Asia Central.
  • CEDR, Mediador: Disputa de empresa conjunta (JV) referente al suministro de equipos y servicios en relación con la modernización y ampliación de un sistema de electrocloración en Oriente Medio. Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Mediador: Disputa entre partes europeas respecto a la venta de hasta 50 turbinas eólicas. Resuelta mediante acuerdo.
  • *CIADI (Caso Nro. CONC/20/1), Presidente de la Comisión de Conciliación: Barrick (Niugini) Limited v. El Estado Independiente de PapĆŗa Nueva Guinea, una disputa sobre una concesión minera en PapĆŗa Nueva Guinea.
  • CCI, Mediador: Disputa de 27 millones de dólares (USD) entre partes latinoamericanas relativa a la construcción de una planta de etanol en SudamĆ©rica. Conducida en espaƱol e inglĆ©s. Resuelta mediante acuerdo.

Determinación pericial:

  • Abogado de parte en representación de una empresa europea de exploración petrolera en una disputa relativa al pago de regalĆ­as en el Mar del Norte.
  • Abogado de parte en representación de la filial inglesa de una empresa elĆ©ctrica europea en una disputa sobre la fijación de precios contractuales en el Mar del Norte.

Abogado de parte:

  • CIADI/TCE (ICSID/ECT): Asesoramiento a un inversor extranjero en relación con una reclamación bajo el Tratado de la Carta de la EnergĆ­a (TCE) por un valor aproximado de 250 millones de dólares (USD) contra una nación soberana europea. La reclamación se deriva de una serie de reformas legislativas aprobadas por dicha nación soberana respecto a su rĆ©gimen de incentivos para la producción de energĆ­a solar fotovoltaica.
  • CIADI/CCI/TBI (ICSID/ICC/BIT): Representación de una empresa minera internacional en relación con posibles reclamaciones contractuales y bajo tratados bilaterales de inversión ante el CIADI y la CCI, por un valor aproximado de 500 millones de dólares (USD), relativas a presuntos incumplimientos de la documentación del proyecto y a la expropiación de las inversiones de la empresa minera en Asia.
  • SCC/TCE (SCC/ECT): Representación de un Estado soberano en una reclamación multimillonaria bajo el Tratado de la Carta de la EnergĆ­a en relación con la presunta expropiación de activos de hidrocarburos.
  • Ad hoc/DIAC: Representación de una empresa de construcción europea en una disputa de gran envergadura con una entidad estatal en Oriente Medio, relativa a una central elĆ©ctrica de ciclo combinado de 500 MW.
  • Ad hoc: Arbitraje marĆ­timo en Londres entre una empresa inglesa de servicios petroleros y los propietarios rusos de una plataforma de perforación ubicada en SudamĆ©rica.
  • Ad hoc: Arbitraje en Londres relativo a una disputa contractual entre una empresa de Bermudas y una empresa liberiana respecto a la compra de una plataforma autoelevable en AmĆ©rica Central.
  • Ad hoc/Mediación: Arbitraje y mediación de una disputa fiscal internacional en Londres entre una empresa panameƱa y una empresa inglesa, referente a la adquisición de una filial europea.
  • CCI: Representación de la filial europea de un productor asiĆ”tico de paneles solares en una disputa contractual de 16 millones de dólares (USD) para la fabricación y suministro de módulos fotovoltaicos (FV) con una parte europea.
  • CCI: Representación de una empresa petrolera europea en una disputa sobre contratos de licencias en Europa Central.
  • CCI: Asesoramiento en un posible arbitraje con sede en Londres en una disputa entre un proveedor europeo y una parte del Lejano Oriente asiĆ”tico, derivada de un contrato de 220 millones de dólares (USD) para el suministro de obleas de silicio policristalino destinadas a la fabricación de cĆ©lulas fotovoltaicas en paneles solares.
  • CCI/Mediación: Representación de un proveedor asiĆ”tico de aerogeneradores en un arbitraje con sede en Londres por un valor de 33 millones de dólares (USD) contra un contratista europeo, en relación con el suministro de equipos.
  • CCI/Tribunal Superior (High Court): Representación en un arbitraje con sede en Londres y en los procedimientos conexos ante el Tribunal Superior en una disputa entre un proveedor europeo y una parte asiĆ”tica, derivada de un contrato de 500 millones de dólares (USD) para el suministro de obleas de silicio policristalino destinadas a la fabricación de cĆ©lulas fotovoltaicas en paneles solares.
  • LCIA: Representación de una importante empresa europea de servicios pĆŗblicos de energĆ­a en una disputa sobre la revisión de precios del gas.
  • LCIA: Arbitraje en Londres sobre un contrato de plataforma de perforación en Ɓfrica entre una destacada empresa petrolera sudafricana y un contratista australiano.
  • LCIA/Tribunal Superior: Representación de un acaudalado oligarca de Europa Oriental en un arbitraje, asĆ­ como en otros 22 arbitrajes conexos y en una demanda ante el Tribunal Superior, en relación con una empresa conjunta (joint venture) para la gestión de un consorcio minero multimillonario con activos de producción en Europa Central.
  • LCIA/SIAC: Representación de una empresa de energĆ­a estadounidense en arbitrajes ante la SIAC y la LCIA en relación con un contrato de suministro de carbón por un valor de 250 millones de dólares (USD) con una empresa minera de carbón del Sudeste AsiĆ”tico.
  • SCC/CNUDMI: Arbitraje sobre una empresa conjunta (joint venture) de minerĆ­a de oro en Estocolmo bajo los auspicios de la SCC, entre una empresa minera australiana y una empresa minera georgiana.
  • CNUDMI: Representación de una empresa estadounidense respecto a una disputa de 20 millones de dólares (USD) contra una empresa de energĆ­a del Reino Unido, en relación con un contrato de servicios para la prestación de servicios de adquisición de datos sĆ­smicos en el norte de Ɓfrica.
  • CNUDMI: Arbitraje sobre una reclamación de indemnización en Londres entre una multinacional estadounidense y una empresa petrolera asiĆ”tica, relativo a una compleja reclamación para la recuperación de derechos de aduana y multas en relación con la adquisición de una plataforma de perforación autoelevable en la India.
  • CNUDMI (UNCITRAL): Arbitraje sobre un contrato de producción compartida en Londres, sujeto al derecho indio, entre una empresa india de petróleo y gas y un organismo estatal.

Franchise, Licensing & Distribution

Ɓrbitro:

  • CCI, Ɓrbitro Único: Arbitraje sobre un contrato de distribución en Londres, sujeto a las leyes de Florida, entre una empresa de Oriente Medio y una corporación estadounidense.
  • LCIA, Ɓrbitro Único: Dos arbitrajes con sede en Londres derivados de un contrato de franquicia de restaurante y un contrato de arrendamiento de recuerdos en EspaƱa, sujetos al derecho inglĆ©s.

Mediador:

  • CEDR, Mediador: Disputa entre partes europeas relativa al presunto incumplimiento de un contrato de distribución relacionado con el suministro de productos de iluminación en Europa. Arbitraje en Londres para las reclamaciones contractuales. Procedimientos paralelos iniciados ante un tribunal europeo local alegando colusión en el incumplimiento de los pactos de limitación de actividad (restrictive covenants) de un exdirector, incluido el uso de información confidencial. CuantĆ­a en disputa de aproximadamente 5 millones de dólares (USD).
  • LCAM, Mediador: Disputa sobre un contrato de distribución exclusiva de productos cosmĆ©ticos entre partes europeas.

Abogado de parte:

  • AAA/CNUDMI: Arbitraje sobre una licencia de envasado/enlatado bajo los auspicios de la AAA en Londres, sujeto al derecho de Nueva York, entre un conglomerado internacional de alimentos y bebidas y una empresa de envasado de Oriente Medio.
  • HKIAC: Representación de una parte europea en una disputa sobre un contrato de distribución con una parte norteamericana, en relación con productos de automoción en el Lejano Oriente.
  • CCI: Actuó como coabogado defensor de una empresa farmacĆ©utica estadounidense en un arbitraje con sede en Nueva York relativo a una disputa sobre un Contrato de Colaboración y Licencias.
  • CCI/Mediación del Grupo ADR/MASC: Representación de una importante empresa farmacĆ©utica europea en una disputa contractual con una empresa respecto a la terminación de un contrato de distribución a largo plazo en Oriente Medio. Resuelta mediante acuerdo.
  • LCIA: Representación de una empresa de viajes asiĆ”tica en relación con varios posibles arbitrajes con sede en Londres por reclamaciones multimillonarias derivadas de un contrato de distribución para un sistema informĆ”tico de reservas.
  • LCIA: Representación de un conglomerado de viajes asiĆ”tico lĆ­der en relación con un arbitraje con sede en Londres por una reclamación que supera los 30 millones de dólares (USD), derivada de un contrato de distribución para un sistema informĆ”tico de reservas.
  • CNUDMI: Coabogado defensor de un distribuidor de automóviles norteamericano en una disputa sobre un contrato de distribución de 100 millones de dólares (USD) con un fabricante de vehĆ­culos de motor asiĆ”tico.
  • CNUDMI/LCIA: Representación de un productor de vino europeo en una disputa de agencia con un agente europeo.

Information, Communication and Technology (ICT) Spanish

Ɓrbitro:

  • CEDR, Mediador/Ɓrbitro Único: Disputa entre partes del Reino Unido y norteamericanas referente al impago de honorarios por servicios prestados en relación con el desarrollo de videojuegos.
  • CCI, CoĆ”rbitro: Arbitrajes con sede en Tokio y Londres relativos a cuatro contratos entre partes norteamericanas y del Lejano Oriente, en el marco de una disputa de tecnologĆ­a de la información sujeta al derecho japonĆ©s y al del Estado de Delaware.
  • JAMS, Ɓrbitro Único: Disputa sobre la compraventa de acciones en el sector tecnológico con sede en Nueva York entre partes europeas y norteamericanas, sujeta al derecho de Delaware.
  • JAMS, Ɓrbitro Único: Disputa sobre contratos de agencia y de servicios de desarrollo de software entre partes europeas y norteamericanas, sujeta a las leyes de la Federación Rusa.
  • *CPA, CoĆ”rbitro: Sra. Mimoza Ndroqi v. RepĆŗblica de Albania: Arbitraje CNUDMI (UNCITRAL) que supera los 100 millones de dólares (USD), relativo a reclamaciones derivadas de las presuntas medidas expropiatorias del Gobierno respecto a las inversiones de la demandante en el sector de la información y comunicación.

Mediador:

  • Ad hoc, Mediador: Disputa entre partes de Oriente Medio y de las Islas Marshall respecto a la promoción del diseƱo de software para videojuegos.
  • CEDR, Mediador/Ɓrbitro Único: Disputa entre partes del Reino Unido y norteamericanas referente al impago de honorarios por servicios prestados en relación con el desarrollo de videojuegos.
  • CEDR, Mediador: Disputa contractual sobre un servicio de red (wires-only network) basado en tecnologĆ­a MPLS.
  • CEDR, Mediador: Disputa contractual sobre un Sistema de Gestión de Contenidos en WordPress (CMS).
  • CEDR, Mediador: Disputa sobre el precio de los activos relativa a la venta de una empresa de tecnologĆ­a. Resuelta mediante acuerdo.
  • *CCI, Mediador: Disputa multipartes que supera los 250 millones de dólares (USD) e involucra a un Estado africano, relativa a la creación e instalación de un operador nacional de telecomunicaciones.

Abogado de parte:

  • Ad hoc: Representación de una empresa tecnológica espaƱola en un arbitraje con sede en Londres relativo a una licencia para la distribución de productos tecnológicos en EspaƱa.
  • CCI: Representación de una parte latinoamericana en una disputa con una parte europea respecto a un Contrato de Venta y Comercialización de materiales de construcción.
  • LCIA: Representación de una empresa de viajes asiĆ”tica en relación con varios posibles arbitrajes con sede en Londres por reclamaciones multimillonarias derivadas de un contrato de distribución para un sistema informĆ”tico de reservas.
  • LCIA: Representación de una empresa de Liechtenstein en relación con dos arbitrajes en Londres concernientes a una disputa multimillonaria surgida bajo un pacto de accionistas respecto a activos aeronĆ”uticos e inmobiliarios ubicados en Europa Oriental.
  • LCIA: Representación de un conglomerado de viajes asiĆ”tico lĆ­der en relación con un arbitraje con sede en Londres por una reclamación que supera los 30 millones de dólares (USD), derivada de un contrato de distribución para un sistema informĆ”tico de reservas.

Insurance Spanish

Mediador:

  • CEDR, Mediador: Reclamación de indemnización por sumas pagadas a veraneantes en relación con una demanda colectiva de compensación tras un presunto incidente de intoxicación alimentaria en un hotel de EspaƱa. Resuelta mediante acuerdo.

Abogado de parte:

  • Ad hoc/Mediación: Arbitraje y mediación en Londres sobre un seguro por contaminación de terrenos en Francia, que involucra a una sociedad de cartera asegurada con sede en Holanda y a una aseguradora inglesa.

Partnership and Shareholders

Ɓrbitro:

  • DIA, CoĆ”rbitro: Arbitraje de 11 millones de dólares (USD) con sede en Copenhague relativo a una reclamación de pago del precio de compra por la venta de acciones en una empresa europea de inversión inmobiliaria, derivado de un contrato de compraventa de acciones entre partes europeas, sujeto al derecho danĆ©s.

Mediador:

  • CEDR, Mediador: Disputa entre accionistas relativa al presunto abuso de la posición y de los deberes de un director.
  • LCAM, Mediador: Programa de mediación del Tribunal del Condado del Centro de Londres (Central London County Court) – disputa de vĆ­a mĆŗltiple (multi-track) sobre una sociedad de servicios de catering.

Abogado de parte:

  • LCIA: Representación de un oligarca de Europa Oriental en la ejecución de un acuerdo de transacción sobre un laudo de la LCIA superior a los 25 millones de dólares (USD), en relación con una disputa por la adquisición de acciones.
  • LCIA: Representación de una empresa de Liechtenstein en relación con dos arbitrajes en Londres concernientes a una disputa multimillonaria surgida bajo un pacto de accionistas respecto a activos aeronĆ”uticos e inmobiliarios ubicados en Europa Oriental.

Professional Services

Mediador:

  • CEDR, Co-mediador: Disputa anexa a los tribunales (court-annexed) relativa a facturas impagadas por servicios jurĆ­dicos prestados a una empresa inmobiliaria. Resuelta mediante acuerdo.
  • CEDR, Co-mediador: Disputa contractual que involucra a partes extranjeras respecto a la prestación de servicios de diseƱo de interiores. Resuelta mediante acuerdo.

Abogado defensor :

  • Demanda ante el Tribunal Superior (High Court) / Mediación del Grupo ADR: Representación de un gran bufete de abogados de alcance nacional en el Reino Unido en un caso de negligencia profesional de millones de libras, que involucra cuestiones complejas de derechos de propiedad sobre bienes ubicados en EspaƱa.

Transportation (Automobile, Aviation & Shipping)

Ɓrbitro:

  • *LCC, CoĆ”rbitro: Disputa multimillonaria entre una fuerza aĆ©rea nacional de AmĆ©rica Latina y un contratista norteamericano.
  • LCIA, Presidente del Tribunal Arbitral: Disputa de 10 millones de dólares (USD) sobre un contrato de reparación de un buque entre partes europeas y latinoamericanas. Sede en Londres, sujeta al derecho mexicano.

Mediador:

  • CEDR, Mediador: Disputa derivada de un contrato de transporte para el traslado transfronterizo de mercancĆ­as que fueron robadas durante el trĆ”nsito.
  • *ICC, Mediador: Disputa contractual que supera los 7 millones de dólares (USD) en relación con la prestación de servicios de entretenimiento a bordo para una aerolĆ­nea nacional asiĆ”tica. Resuelta mediante acuerdo.

Abogado de parte:

  • LMAA/Tribunal Superior: Representación de una parte asiĆ”tica en relación con un procedimiento por desacato al tribunal vinculado a varios arbitrajes de la LMAA.

Travel

Mediador:

  • JAMS, Mediador: Mediación de un caso testigo (test case) de mĆ”s de 35 millones de dólares (USD) que involucra a mĆŗltiples demandantes (casi 500) y a mĆ”s de 12 000 demandantes potenciales, relativa a un asunto de incumplimiento de contrato y abuso de confianza referente a un sistema internacional de intercambio de tiempo compartido.

Mi biografĆ­a de ADR

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